Sanciones
El Prestador podrá imponer las siguientes sanciones a los usuarios por Infracciones al presente Reglamento:
- (a) Amonestación. En caso de infracciones leves y por primera vez. No se aplicará Ningún cargo o multa.
- (b) Suspensión Temporal de los Servicios. Será aplicable en el caso de infracciones Graves. Adicionalmente se impondrán las multas establecidas conforme al Reglamento de Infracciones y Sanciones y el Plan de Arbitrios.
Son aquellas acciones del Usuario que contravienen las disposiciones De este Reglamento en cuanto al uso adecuado y autorizado de los servicios, pero que no Representan perjuicio serio a los derechos o a la propiedad municipal o del Prestador, ni al Buen funcionamiento de la infraestructura y los servicios.
- Mora en dos (2) pagos vencidos consecutivos de los servicios o en dos (2) pagos Vencidos del crédito otorgado a saldos en mora del Usuario.
- Comercializar el agua potable sin autorización expresa del Prestador.
- Extender el servicio a terceros sin autorización del Prestador.
- Manipular las redes municipales de agua potable o alcantarillado.
- Manipular, alterar o dañar la conexión o el medidor.
- Impedir a los trabajadores del Prestador el libre acceso a la caja del medidor o al interior de la propiedad con el propósito de efectuar inspecciones de rutina, Evaluaciones y pruebas o la actualización del catastro.
- Utilizar el agua para usos no autorizados.
- Hacer derivaciones o conexiones de las tuberías de un inmueble a otro, aunque los inmuebles pertenezca a un solo propietario
- Rehabilitar un servicio suspendido por el Prestador.
- Conexión clandestina a los sistemas.
- Alterar la condición de piletas públicas o similares, en beneficio de un uso Intradomiciliario.
- Regar parques y jardines privados con agua potable en horario no permitido o Cuando haya prohibición expresa del prestador.
- No informar oportunamente del cambio del tipo de actividad en el inmueble, que Signifique un cambio en la categoría del servicio y una alteración de la tarifa.
- Emplear cualquier mecanismo para forzar la extracción de agua de la conexión de Abastecimiento de agua potable con cualquier propósito.
- Descargar efluentes y desechos en la red de alcantarillado sanitario, contraviniendo lo dispuesto por este Reglamento o el incumplimiento reiterado de los Requerimientos para la descarga de desechos comerciales e industriales.
- Hacer uso irracional e inadecuado del Servicio de Agua Potable, que signifique desperdicio del mismo.
- Interconectar los sistemas de drenaje pluvial y sanitario, así como la red de agua Potable con una de agua no potable.
- Utilizar los servicios contratados por el propietario anterior, sin informar al Prestador
- Desatender las indicaciones del Prestador para adecuar las instalaciones internas.
- Obstaculizar la lectura, revisión o reparación de los medidores, sea por acción u omisión.
- Cualquier acto doloso o culposo que de alguna manera obstruye, Interrumpe o destruye tuberías o instalaciones de agua o alcantarillado, o que vaya En detrimento de los derechos de la Municipalidad, el Prestador u otros usuarios de los servicios.
- Otras infracciones que establezcan el Ente Regulador y/o la Municipalidad.
- Rehabilitar en forma reincidente, un servicio suspendido por el Prestador.
- Reincidencia en el incumplimiento del contrato de servicio en forma imputable al Usuario, en infracciones intermedias durante período de dos (2) años.
- La rotura de vías públicas sin el previo permiso municipal, salvo el caso de emergencia; el infractor deberá reparar la vía, al menos, al estado en que Encontraba inicialmente.
- La disposición de aguas residuales, contraviniendo las normas de salud y las reglamentaciones municipales en lugares y en tiempo no autorizado por el Prestador.
- Conectarse clandestinamente a las redes del servicio